lunes, 7 de septiembre de 2009

Nueva discriminación en un Pub

Hace algún tiempo publiqué un artículo en el que se criticaba la actitud en un pub de copas de Almería por la expulsión de un grupo de jóvenes con síndrome de down.

Hoy las noticias nos sorprenden con un nuevo caso con condena incluida en un pub de Valencia.

Un juzgado de Valencia ha decidido condenar a la encargada de un pub de la zona de Cánovas de Valencia por negar la entrada en el establecimiento el 15 de diciembre de 2006 a un grupo de ocho personas con síndrome de Down, que iban acompañadas por tres monitores.

El magistrado considera que en este caso, la acusada cometió un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas, aunque le impone una pena en grado mínimo, de un año de inhabilitación para el ejercicio de la profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la hostelería y el ocio, por la "escasa gravedad" del hecho.

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Finalmente, según el relato de hechos probados, la encargada les dice "que no hay aforo en el local" y "de forma enfadada" les pregunta "por qué tienen que ir allí a joderla a ella" cuando "había otros locales donde podían entrar". Una de las monitoras habló con el responsable quien atribuyó a la causa "exclusiva" del aforo y porque tenía reservado el establecimiento para un número de gente.

Para el magistrado, estos hechos, por parte de la encargada, son constitutivos de un delito relativo a los derechos fundamentales y libertades públicas, quien al ver el grupo de chicos y sus características personales dio "tipo de excusas para no dejarlos entrar ya que podían afectar al desarrollo de su negocio (no sabemos cómo) pero lo bien cierto es que existe una clara discriminación de las personas en su derecho a la libertad personal del artículo 17 de la Constitución Española y al libre acceso a locales abiertos al público".

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